Artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)[←|→]
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Este derecho de los individuos en relación con la comunidad de la que forman parte es fundamental y no debe ser vulnerado por los estados sin una buena razón y sin la autorización judicial pertinente. Actualmente, con la justificación de la seguridad, este derecho está siendo quebrantado sistemáticamente...
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